Facilitando la formación exclusivamente propia del aprendizaje, llevando a un título estrictamente personal garantizando un proceso. Todo esto de acuerdo al artículo 789 ; la cual especifica que todo individuo tenga una formación técnica teórica y practica,con empresas obligadas a vincularlos, esta con derecho a seleccionar creando un tiempo de etapa lectiva y productiva.
Según el FIC (Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción)cubre los programas y modos de formación que desarrolle el SENA dirigido a cualquier tipo de población de niveles modernos e informal que requiera capacitación en los oficios relacionados.
volver a portada: http://horainformativasena.blogspot.com/Elaborado por:
MARY LUCERO GARCIA SANCHEZ
YENNY ANDREA RINCON DUARTE
LUISA FERNANDA RODRIGUEZ MORENO
LILIANA URUEÑA BARRERO